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Actividades autorizadas en CABA y procedimiento para solicitud de autorización de funcionamiento

Martes 12 de Mayo de 2020

Informamos que mediante el Decreto 206/2020, publicado en Boletín Oficial de la Ciudad de fecha 12 de mayo, el Gobierno porteño oficializó la excepción del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular a las personas afectadas a las actividades comerciales minoristas de cercanía de acuerdo al siguiente cronograma:

Martes, 12 de mayo del 2020: 

- Venta de artículos de librería, papelería, cartonería, impresos y de embalaje

- Comercio minorista de flores, plantas de interior

- Comercio minorista de artículos de librería y juguetería

- Comercio minorista de artículos de perfumería y tocador

- Venta de repuestos y materiales eléctricos

- Venta minorista de electrodomésticos

- Local de venta de papeles pintados/alfombras/artículos de decoración

- Local minorista de bicicletas

- Comercio minorista de instrumentos musicales

Jueves, 14 de mayo de 2020: 

- El resto de los comercios minoristas de cercanía identificados en los rubros 1.8 (excepto calzado e indumentaria) y 6.1.1 (únicamente inmobiliarias) y 6.1.2 del Anexo II de la Resolución 84-AGC/19.

La medida también establece que para el ejercicio de las actividades autorizadas se deberá dar cumplimiento al Protocolo para el funcionamiento del comercio minorista (excluyendo indumentaria y calzado) para prevención y manejo de casos de COVID-19.

Por otra parte, señala que la actividad de fletes y mini fletes para mudanzas, exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio por la Decisión Administrativa 763/20 deberá realizarse exclusivamente durante los fines de semana.

 

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Formulario de contacto:

(*) Campos requeridos

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