El BCRA, a través de la Comunicación B 12040 recuerda a las entidades bancarias que deben otorgar obligatoriamente asistencia crediticia a las MIPYMES que cuenten con Certificado MIPYME vigente, cuando tales empresas se encuentren comprendidas en el listado confeccionado por el BCRA y la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, y cumplan con los requisitos establecidos para la obtención de la garantía del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr).