Lunes 2 de Noviembre de 2020
Trabajo y Previsión Social. CABA: habilitación de actividades
Se exceptúa del cumplimiento del "aislamiento social, preventivo y obligatorio” a las personas afectadas a las siguientes actividades:
- Tratamientos ambulatorios para rehabilitación;
- Reuniones y actividades formativas y pastorales en instituciones religiosas al aire libre;
- Actividades acuáticas en natatorios públicos o privados exclusivamente al aire libre;
- Museos con público;
- Gimnasios;
- Actividad física en establecimientos públicos o privados (clubes, polideportivos, estudios de danza o afines) al aire libre;
- Ferias de artesanías y manualistas al aire libre;
- Celebraciones religiosas al aire libre.
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