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Domicilio del trabajador

Martes 8 de Junio de 2021

Estimada/os,

¿En este contexto digital cómo se instrumenta la DDJJ de domicilio particular del trabajador?.

Algunas compañías, utilizaban un scan de declaración firmada por el trabajador, pero se está considerando prescindir de ese instrumento y tener como válida la que registre con su usuario y contraseña.

¿Si hubiera desconocimiento de una notificación, sería un problema pero se prevé pero se le daría prioridad a la agilidad del proceso?

Algunas consideraciones Legales, respecto al domicilio del Trabajador:

• Recuerden que el domicilio real es imprescindible para la localización del trabajador a los fines de la ART cuando hace home office, es esencial para las notificaciones, y para el control médico de patologías inculpables como de los riesgos del trabajo.

• Si el trabajador vive en una zona donde no hay distribución de correspondencia es conveniente que constituya domicilio especial de notificaciones en un domicilio donde pueda recibir notificaciones  porque de lo contrario nunca le llegará ninguna intimación.

• Recuerden también que a los fines precitados es conveniente que confeccione el plano de localización que hay en la mayoría de las aplicaciones, por ejemplo para el control médico o para notificaciones notariales.

• No sustituye pero ayuda que el trabajador constituya domicilio de Internet y que se reglamente los deberes a su cargo utilizando el correo electrónico, que se puede reforzar con la firma digital en casos especiales.

• En algunos barrios donde se concentra la población por ejemplo de una fábrica se hacen planos barriales de localización (con número de casa, entre que números, etc) mediante el registro fotográfico de drones (lo usamos en barrios de vivienda social y en complejos de los planes de vivienda, donde el trabajador confirma su domicilio real.

• Es conveniente prevenir en esta materia. Recuerden que en nuestro sistema legal las notificaciones son recepticias, de modo que SOLO SE PERFECCIONAN CON LA RECEPCIÓN DE LAS MISMAS POR PARTE DEL DESTINATARIO.

• Todos los sistemas cuentan con un registro que debe completar el trabajador y que debe mantener actualizado. Es el trabajador el que debe informar su domicilio en forma apropiada, usando la aplicación de la Empresa.

• Si lo informa en forma incorrecta o deficiente, será responsable por ser un acto de mala fe de las notificaciones y controles operados en el domicilio fallido.

• En los reglamentos internos y en los códigos de conducta se establecen reglas que aseguren la localización y el domicilio, combinando la declaración jurada con el correo electrónico personal y el corporativo, y con el número del celular. Muchas empresas están instalando GPS en el celular y en la notebook provista por la Empresa.

Fuente: Diego Editores

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