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Comunicación A 7406 BCRA

Viernes 26 de Noviembre de 2021

La autoridad monetaria obligará a que se anoten aquellas empresas que ofrecen el servicio de acercar y poner en contacto a uno o más oferentes con demandantes de préstamos, a través de plataformas virtuales. 

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) creó un registro para proveedores de servicios de crédito entre particulares que operen a través de plataformas digitales. Las firmas pertenecientes al ramo deberán ahora cumplir con una serie de requisitos para garantizar la transparencia y la seguridad de los servicios que prestan.  

Los proveedores de servicios de crédito entre particulares son las empresas que acercan y ponen en contacto a uno o más oferentes con demandantes de crédito para concretar operaciones de préstamo en pesos.  

Estas personas jurídicas no podrán ser oferentes ni demandantes de crédito en las plataformas que administran. 

Muchas de estas empresas te ofrecen dejar pesos y que te los dolarizan y se los prestan a otros. 

La normativa del BCRA sostiene: "Los proveedores de servicios de crédito entre particulares a través de plataformas digitales deberán inscribirse en los próximos 30 días en un Registro que habilitará la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (SEFyC)".  

El documento aclara que la inscripción en el registro no implica autorización para realizar operaciones de intermediación financiera, captación de recursos del público, realización de publicidad o uso de denominaciones reservadas a entidades autorizadas para ello.

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