La AFIP, por medio de la resolución general 5206, -que se encuentra pendiente de publicación en el Boletín Oficial-, reglamenta las disposiciones que incrementaron a $ 280.792 el monto de ganancias brutas mensuales hasta el cual no se debe retener el impuesto a las ganancias para las rentas de los empleados en relación de dependencia, jubilados, pensionados y actores. Asimismo, se establecieron los tramos y los importes de deducciones adicionales para aquellos sujetos que perciban rentas mensuales superiores a $ 280.792 y hasta $ 324.182 piso a partir del cual los trabajadores en relación de dependencia jubilados y pensionados comienzan a pagar el impuesto a las ganancias. Los nuevos montos a partir de los cuales se aplica el impuesto resultan de aplicación para las rentas devengadas a partir del 1° de junio. Convenio